La obligación de información al consumidor sobre el #IRPH
Alcance de la obligación de información al consumidor sobre el IRPH tras la sentencia del TJUE de marzo 2020
Alcance de la obligación de información al consumidor sobre el IRPH tras la sentencia del TJUE de marzo 2020
Las conclusiones del Abogado General sobre las cláusulas del IRPH ponen en evidencia la doctrina impuesta por el Tribunal Supremo.
IRPH: el informe de la comisión europea da la razón al cliente. Aunque muestra su miedo ante las consecuencias económicas, la Comisión Europea ha sido tajante: la cláusula que impone el IRPH debe someterse al control de abusividad y al control de transparencia. En consecuencia, la cláusula es abusiva y por tanto debe anularse, con la obligación de restituir al cliente de la totalidad de los intereses cobrados indebidamente.
¿Jurisprudencia del TJUE ignorada por los jueces? Las sentencias del Tribunal Supremo contrarias a la jurisprudencia del TJUE no sirven de escudo a Jueces y Tribunales nacionales para eludir la responsabilidad propia en la violación de la aplicación de ley comunitaria o de su interpretación hecha por el TJUE.
El Tribunal Supremo sostiene que los tribunales quedan facultados para integrar el contrato de préstamo hipotecario. Tanto la Directiva comunitaria, como la ley nacional, como el TJUE, ordenan a los Tribunales a que, una vez declarada nula una cláusula por ser abusiva, se abstengan de integrar el contrato.